Un inquilino es la persona que ha alquilado una vivienda o local para habitarlo o utilizarlo temporalmente a cambio de un pago periódico.
Proviene del latín _inquilinus_, vocablo compuesto por el prefijo _in-_ (dentro, en) y la raíz del verbo _colere_ (habitar, cultivar). Por lo tanto, su significado etimológico es «aquel que habita dentro» o «residente en un lugar ajeno». Está estrechamente emparentado con _incola_ (habitante).
En el Derecho Romano, se distinguía claramente al _inquilinus_ del _colonus_. Mientras que el *colonus* arrendaba tierras agrícolas para su explotación, el *inquilinus* alquilaba una vivienda urbana (*insula*) propiedad de un tercero. Con la evolución del castellano, el término conservó su matiz urbano y legal, consolidándose como la contraparte del arrendador en los contratos de alquiler.
* Portugués e italiano: *inquilino*.
* Gallego: *inquilino*.
* Catalán: *inquilí*.
* En el ámbito jurídico del español, se utiliza frecuentemente el sinónimo arrendatario.